Benevia®
Insecticida
Benevia®
Benevia® es un innovador insecticida a base de Cyazypyr®, molécula insecticida perteneciente a la familia química de las diamidas antranílicas (Grupo IRAC 28), con excelente actividad en el control de numerosos insectos (lepidópteros, coleópteros, áfidos, tisanópteros y dípteros).
Cyazypyr® posee un nuevo mecanismo de acción capaz de controlar insectos resistentes a otros insecticidas y, por ello, Benevia® constituye una nueva herramienta para la prevención de resistencias, con un perfil óptimo en cultivos de cebolla para su inclusión en las estrategias de Gestión Integrada de Plagas (GIP) y/o Producción Integrada (PI).
Benevia® ejerce su actividad insecticida por ingestión y en menor medida por contacto. Controla eficazmente la mosca de la cebolla (Delia antiqua), actuando sobre dicha plaga en diversos estados de su ciclo de desarrollo.
Benevia® actúa directamente sobre los receptores de rianodina en las células musculares, provocando la parálisis de los músculos de los insectos objetivo que conduce a un rápido cese de la alimentación por parte de la plaga.
El control temprano de la plaga en las fases críticas del cultivo favorece un buen establecimiento del mismo, con plantas vigorosas, producción uniforme así como calidad y cantidad de cosecha, lo que se traduce en una mayor rentabilidad.
Benevia® tiene una baja toxicidad para los mamíferos y un bajo impacto sobre los organismos no objetivo tales como aves, peces y microorganismos. Presenta un perfil ecotoxicológico de bajo riesgo y sus metabolitos se degradan rápidamente en el suelo en compuestos inocuos.
Características
Nº de Registro: | ES-01631 |
Presentación: | 1 L |
Composición: | Cyazypyr® (ciantraniliprol) 10% p/v |
Formulación: | Suspensión concentrada con base en aceite (OD) |
Clasificación: | |
Uds./Embalaje: | 10x1 L |
Usos autorizados
Cultivo | Problema | Dosis | PS días |
---|---|---|---|
Ajo, Cebolla | Mosca (Delia antiqua) (Autorización Excepcional) | 0,4 L/Ha | 14 |
Apio | Trips (Autorización Excepcional) | 0,75 L/Ha | 14 |
Berenjena, Tomate | Liriomiza | 0,4-0,6 L/ha | 1 |
Berenjena, Tomate | Áfidos, pulgones | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Berenjena, Tomate | Lepidópteros | 0,4-1,125 L/ha | 1 |
Berenjena, Tomate | Bemisia tabaci | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Berenjena, Tomate | Trialeurodes vaporariorum | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Cucurbitáceas de piel comestible, Cucurbitáceas de piel no comestible | Áfidos, pulgones | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Cucurbitáceas de piel comestible, Cucurbitáceas de piel no comestible | Lepidópteros | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Cucurbitáceas de piel comestible, Cucurbitáceas de piel no comestible | Trialeurodes vaporariorum | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Cucurbitáceas de piel comestible, Cucurbitáceas de piel no comestible | Liriomiza | 0,4-0,6 L/ha | 1 |
Cucurbitáceas de piel comestible, Cucurbitáceas de piel no comestible | Trips | 0,75-1,125 L/ha | 1 |
Cucurbitáceas de piel comestible, Cucurbitáceas de piel no comestible | Bemisia tabaci | 0,6-1,125 L/ha | 1 |
Fresa | Lepidópteros | 0,6 L/ha | 1 |
Lechuga y similares | Lepidópteros | 0,6-0,75 L/ha | 1 |
Berenjena, Tomate | Trips | 0,75-1,2 L/ha | 1 |
Recomendaciones de uso
Tomate y Berenjena:
Aplicar en invernadero por pulverización manual (lanza/pistola o mochila) entre los estadios de 2 hojas verdaderas (BBCH12) y madurez completa (BBCH89), , la dosis será siempre del 0,1% (ver modo de empleo). Dosis máxima de aplicación: 1,2 l/ha.
Monitorizar las curvas de vuelo. Iniciar las aplicaciones al inicio de la eclosión de los huevos o cuando se observan las primeras larvas recién eclosionadas. Realizar una aplicación. Volumen de caldo: 300-1200 L/ha.
Cucurbitáceas de piel comestible y piel no comestible:
Aplicar en invernadero por pulverización manual (lanza/pistola o mochila) entre los estadios de 2 hojas verdaderas (BBCH12) y madurez completa (BBCH89), la dosis será siempre del 0,1% (ver modo de empleo). Dosis máxima de aplicación: 1,12 l/ha.
Monitorizar las curvas de vuelo. Iniciar las aplicaciones al inicio de la eclosión de los huevos o cuando se observan las primeras larvas recién eclosionadas. Se puede repetir la aplicación a los 7 días de intervalo como mínimo en función del nivel de presión de plaga, con un máximo de 2 aplicaciones. Dada la persistencia del producto es posible que el intervalo entre aplicaciones sea superior por ciclo de cultivo. Volumen de caldo: 300-1125 L/ha.
Fresal:
Aplicar en invernadero por pulverización manual (lanza/pistola o mochila) entre los estadios de 2 hojas verdaderas (BBCH12) y madurez completa (BBCH89), la dosis será siempre del 0,1% (ver modo de empleo). Dosis máxima de aplicación: 0,6 l/ha.
Monitorizar las curvas de vuelo. Iniciar las aplicaciones al inicio de la eclosión de los huevos o cuando se observan las primeras larvas recién eclosionadas. Realizar una aplicación. Volumen de caldo: 300-600 L/ha.
Lechuga y similares:
Aplicar en invernadero por pulverización manual (lanza/pistola o mochila) entre los estadios de 2 hojas verdaderas (BBCH12) y se alcanza la forma, tamaño y firmeza final de las cabezas (BBCH49), la dosis será siempre del 0,1% (ver modo de empleo).. Dosis máxima de aplicación: 0,75 l/ha. Monitorizar las curvas de vuelo. Iniciar las aplicaciones al inicio de la eclosión de los huevos o cuando se observan las primeras larvas recién eclosionadas. Se puede repetir la aplicación a los 7 días de intervalo como mínimo en función del nivel de presión de plaga, con un máximo de 3 aplicaciones por ciclo de cultivo. Dada la persistencia del producto es posible que el intervalo entre aplicaciones sea superior. Volumen de caldo: 300-750 L/ha.
Apio (Autorización Excepcional):
2 aplicación, intervalo de aplicación de 7 días; Volumen de caldo: 300-600 L/Ha.
Murcia: del 1 de Marzo al 30 de Abril y desde el 20 de Agosto al 17 de Octubre de 2025.
Valencia: desde el 12 de Marzo al 3 de Mayo de 2025 y desde el 26 de Agosto al 31 de Octubre de 2025.
Ajo y Cebolla (Autorización Excepcional):
Nº máximo de aplicaciones por período vegetativo: 2 aplicaciones espaciadas al menos 7 días. Desde BBCH 12 hasta BBCH 80. Volumen de agua: 300-1000 L/ha.
Castilla La Mancha (Ajo y Cebolla): Desde 1 de marzo al 28 de junio de 2025.
Andalucía (Cebolla): Desde el 3 de marzo al 1 de mayo de 2025, y desde el 20 de octubre al 18 de diciembre de 2025.
Castilla León (Ajo y Cebolla): desde el 12 de marzo al 7 de julio de 2025.